Copyright © 2025 - Grupo Asesor HV - https://www.grupogestorhv.es
Las cookies son pequeños archivos de texto que se almacenan en tu dispositivo (ordenador, tablet o smartphone) cuando visitas una página web. Estas cookies permiten a la página reconocer tu dispositivo y recordar ciertas informaciones sobre tu visita, como tus preferencias de idioma o contenido.
Tipos de cookies que utilizamos
Al acceder a nuestra página, se te mostrará un aviso sobre el uso de cookies. Si aceptas el uso de cookies, continuaremos almacenándolas en tu dispositivo. Puedes gestionar tus preferencias de cookies en cualquier momento.
Puedes permitir, bloquear o eliminar las cookies instaladas en tu dispositivo a través de la configuración de tu navegador. A continuación, te dejamos los enlaces a las instrucciones de los navegadores más comunes:
Nos reservamos el derecho a modificar esta política de cookies en cualquier momento. Te recomendamos que la revises periódicamente para estar informado sobre cómo utilizamos las cookies.
Para cualquier duda o consulta sobre nuestra política de cookies, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de [email protected].
Bonificación cuota cero para autónomos
Autor: Cristina, 17-10-24
La aprobación de la Cuota Cero persigue incentivar y apoyar en las primeras etapas de su actividad a los trabajadores autónomos. Es por eso que podrán disfrutar durante sus 12 primeros meses de alta en el RETA de una bonificación del 100% de su cuota.
Es prorrogable hasta los 24 meses cuando no se superen los rendimientos netos de 14.000 euros anuales, equivalentes al SMI, situado en 14 pagas de 1.000 euros cada una.
Para solicitar la Cuota Cero los trabajadores autónomos disponen de hasta tres meses una vez finalizado su primer año de actividad. La Comunidad de Madrid ha establecido un periodo de seis meses máximo para resolver las solicitudes de los autónomos en relación a la cuota cero.
Para entenderlo mejor vamos a poner un ejemplo práctico
Un autónomo madrileño arranca su actividad en este mes de enero de 2023 y se encuentra acogido a la Tarifa Reducida. El reintegro de sus cuotas de este año las podría recibir alrededor de noviembre de 2024. El pago de las ayudas se realizará, tal y como ha indicado la comunidad de Madrid, por transferencia a la cuenta bancaria de la persona beneficiaria. Se abonaran las subvenciones durante los dos meses tras la publicación de la notificación de concesión.
Beneficiarios de la Cuota Cero
El BOCM ha regulado también aquellos trabajadores por cuenta propia que pueden resultar beneficiarios de la cuota cero en Madrid.
Los principales beneficiarios serán los autónomos que:
Al listado de beneficiarios, el BOCM también regula la obligación que poseen los trabajadores por cuenta ajena que quieran beneficiarse de estar al corriente de pago de todas sus obligaciones de pago Seguridad Social, Administración del Estado y Comunidad de Madrid.
Asimismo, a parte de estar incluido en uno de los supuestos enumerados, se ha de tener el domicilio de su actividad principal dentro de la Comunidad de Madrid.